DESPIDO OBJETIVO POR CAUSAS ORGANIZATIVAS: CLAVES 2026

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El despido objetivo por causas organizativas es una forma legal de terminar una relación laboral basada en cambios estructurales o en los modos de trabajo de una empresa, siempre que se cumplan ciertos requisitos establecidos por la ley.

¿Qué es el despido objetivo por causas organizativas?

El despido por causas organizativas forma parte de los despidos objetivos por causas organizativas, que también se incluyen dentro de los despidos ETOP (económicos, técnicos, organizativos o de producción). Sin embargo, en este caso, no se considera un despido colectivo, sino que es individual, aunque puede afectar a varios trabajadores si la situación lo requiere.

Este tipo de despido se realiza cuando la empresa necesita ajustarse a nuevas condiciones, cambios en su estructura o en sus modos de trabajo, con la finalidad de mejorar su eficiencia y competitividad. La causa principal radica en que los cambios organizativos hacen imposible mantener la relación laboral en las condiciones previas.

Es importante destacar que, aunque sea un despido objetivo, siempre debe cumplir con ciertos requisitos y procedimientos específicos que garantizan los derechos del trabajador y la legalidad del proceso.

Marco legal y requisitos del despido objetivo por causas organizativas

El despido objetivo por causas organizativas está regulado en el Estatuto de los Trabajadores, que establece la normativa básica para todo proceso de extinción del contrato laboral basado en causas justificadas. Para que un despido por causas organizativas sea válido, debe cumplir con los siguientes requisitos:

  • Comunicación escrita: El empresario debe notificar por escrito al trabajador los motivos del despido, especificando claramente las causas organizativas.
  • Indemnización: El trabajador tiene derecho a una indemnización de 20 días de salario por cada año trabajado, con un máximo de 12 mensualidades.
  • Preaviso: La empresa debe informar al trabajador con un aviso previo de al menos 15 días antes de la extinción del contrato.

Estos requisitos aseguran que el trabajador tenga tiempo y medios para entender la causa del despido y tomar decisiones, además de recibir una compensación adecuada por la extinción de su vínculo laboral.

Procedimiento y derechos del trabajador

Derecho a la licencia y posibles acciones del trabajador

El trabajador despedido bajo despido objetivo por causas organizativas tiene derecho a disfrutar de una licencia semanal para buscar empleo. Esto significa que mientras dure el proceso de despido, puede dedicar tiempo a buscar nuevas oportunidades laborales sin pérdida de derechos.

Además, el trabajador puede impugnar el despido por causas organizativas si considera que las causas alegadas no son ciertas o no se han cumplido todos los requisitos legales. La impugnación puede realizarse a través de los procedimientos establecidos por ley, como la conciliación previa o la vía judicial.

Impugnación y resolución

El proceso de impugnación del despido se inicia mediante una solicitud de conciliación en el Servicio de Mediación, Arbitraje y Conciliación (SMAC). Si no se alcanza un acuerdo, la parte afectada puede acudir a la vía judicial en un plazo de 20 días hábiles.

La ley establece que el juez podrá declarar el despido improcedente si no se acredita que las causas organizativas son reales o si el proceso no ha cumplido con las formalidades requeridas. En caso de improcedencia, el empresario debe optar entre readmitir al trabajador o pagar una indemnización mayor, que en este caso sería de 33 días de salario por año trabajado con un máximo de 24 mensualidades.

Consecuencias y opciones para el empleador y el trabajador

¿Qué sucede si el despido es declarado improcedente?

Cuando el despido objetivo por causas organizativas es declarado improcedente, el empleador tiene dos opciones principales:

  1. Reintegrar al trabajador en su puesto de trabajo, con los mismos derechos y condiciones anteriores.
  2. Pagar la indemnización legal mayor, que asciende a 33 días de salario por cada año de servicio, con un máximo de 24 mensualidades.

Por otro lado, el trabajador que ha sido despedido y cuya extinción ha sido declarada improcedente tiene derecho a cobrar también la prestación por desempleo, siempre que cumpla con los requisitos establecidos por la ley.

Importancia de cumplir la normativa y recomendaciones

Es fundamental que tanto los empresarios como los trabajadores entiendan y respeten los requisitos y procedimientos del despido objetivo por causas organizativas. El respeto a la ley evita conflictos, sanciones económicas y posibles demandas judiciales.

Las empresas deben asegurarse de documentar bien las causas organizativas y seguir estrictamente los pasos indicados en la ley. Los empleados, por su parte, deben estar informados de sus derechos y acudir a asesoramiento legal si consideran que su despido no es justificado o no cumple con los requisitos legales.

Perspectiva futura y recomendaciones para 2026

De cara a 2026, se espera que las normas sobre despido objetivo por causas organizativas sigan evolucionando, especialmente en relación con la digitalización, cambios en las estructuras empresariales y nuevas formas de organización del trabajo. Es recomendable que los empleadores actualicen sus políticas y procedimientos para cumplir con los cambios legales y evitar posibles reclamaciones.

Para los trabajadores, es importante mantenerse informados sobre sus derechos y la legalidad de los procesos de despido, así como buscar asesoramiento cuando tengan dudas o consideren que sus derechos han sido vulnerados.

En resumen, el despido objetivo por causas organizativas continuará siendo una herramienta legítima para ajustar las empresas a la realidad económica y social, siempre respetando los derechos de los trabajadores y la normativa vigente.

Conclusión

El despido objetivo por causas organizativas es una modalidad legal y regulada de extinción laboral que busca equilibrar los intereses del empleador y el trabajador, garantizando respeto y justicia en los procesos de ajuste empresarial.

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